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Solicitud de una donación: orientaciones no vinculantes
 
 
¿Qué puede usted hacer?
 
SOLICITUD
 
Cualquier escrito (el formato de carta, suele ser el más cómodo) en el que se presente el peticionario y la necesidad cuya atención solicita.
Puede adjuntar los documentos que crea convenientes para apoyar y justificar la petición, en línea con las orientaciones que siguen. 
El correo electrónico es un instrumento útil, pero llegado el momento y para mayor formalidad pediremos el soporte escrito físico y firmado.
No tiene que darle ninguna formalidad. Sólo necesitamos claridad, concisión y brevedad.
 

CONTENIDO

  • Identificación. Nombre, domicilio, naturaleza jurídica, antigüedad, reconocimiento e inscripción, en su caso, en registros públicos… y, para personas jurídicas, quién actúa en su representación y su firma.  
  • Objeto y forma de cumplir sus fines
  • Actividades actuales. Naturaleza,  volumen de las mismas y su trascendencia social, docente o cultural. Número de posibles beneficiarios, cuando sea posible su determinación.
  • Información de su organización. Composición junta directiva o similar, estatutos…
  • Origen del conocimiento que tiene de la Fundación Roviralta. A través de qué persona  o de qué institución nos conoce y porqué.
  • Qué y para qué se solicita. Inversiones, ayuda a proyectos o  a programas concretos,..
  • Número de posibles beneficiarios.
  • Costo  (con presupuestos).
  • Especificar si cuentan con otros medios, propios o ajenos, para ayudar conseguir lo solicitado
 

¿Qué puede usted esperar?
   
Nuestra Junta de Patronato tiene algunas políticas y prioridades bastante consolidadas en nuestra trayectoria:
 
- Examinamos ayudas para inversiones, programas o proyectos previstos, no realizados, de futuro
- Procuramos excluir las subvenciones a gastos recurrentes de funcionamiento, operativos y fungibles, déficits anteriores y pago de deudas.
- Solicitamos pagar directamente a instaladores o proveedores, siempre que ello sea posible
- En definitiva, tratamos de ayudar a conseguir medios que no existan, que no estén presentes e intentamos verificar su consecución.
 
¿Proceso de decisión?
 
La Secretaría acusa sistemáticamente recibo de toda petición.
La Junta de Patronato se reúne con frecuencia casi mensual
La Junta de Patronato examina todas las peticiones que recibe
y decide,        
- rechazar la petición                                    
- aplazarla, pidiendo más estudio
- atenderla parcialmente
- atenderla totalmente
Tomada la decisión, nuestra Secretaría se dirigirá por escrito al peticionario, a los pocos días indicándole sistemática y resumidamente el contenido de la decisión.
 
La capacidad de decisión de la Junta de Patronato es a “fe y conciencia” y, por tanto, no vendrá específicamente motivada, pero no renunciamos a dar cualquier clase de explicación personalmente.
 
En todo caso, los criterios que sigue el Patronato son los que impone el sentido común, la lógica y la obligada honradez:
- Adecuación de la petición a los fines estatutarios de la Fundación
- Trascendencia del objeto de la solicitud y viabilidad del proyecto.
- La limitación de nuestros recursos y la programación con que los hayamos presupuestado.
- La obligación de priorizar entre  peticiones concurrentes.